Escriba lo que desea buscar en este blog

miércoles, 8 de febrero de 2012

¿Cómo encontrar a un agente comercial? ( para Costa Rica)

Los representantes y agentes comerciales son intermediarios que facilitan la venta del producto, pero que actúan siempre por cuenta del exportador. En Francia conviene distinguir la figura del representante y la del agente comercial.

• Representantes – VRP (Voyageur, Représentant, Placier)

Los representantes son trabajadores, asalariados o no, a los que es de aplicación la legislación laboral. Han de ser, por lo tanto, personas físicas.

Pueden trabajar para uno o varios empresarios (siendo según los casos representantes unicartera o multicartera).

Disponen de un territorio específico o de una clientela determinada a visitar.

No pueden importar ellos mismos o actuar paralelamente por cuenta propia (como ocurre en el caso de agentes comerciales).

Si el empresario está situado en el extranjero han de pagar ellos sus propias cotizaciones sociales (repercutiéndolas a su vez al empresario).

Para evitar problemas en el momento de la rescisión es importante recoger en los contratos algunas cláusulas tales como :

- La periodicidad de los informes que ha de facilitar el representante.

- El número de visitas que debe efectuar mensualmente a los clientes.

- El volumen de negocios de la empresa en el momento de firmar el contrato

- La lista de clientes aportados por la empresa y por el representante.

La finalización de la relación exige una notificación previa de un mes para el primer año, 2 meses para el segundo y 3 meses a partir del tercero. En caso de conflicto, el Tribunal competente es el Prudhomme (Magistratura del Trabajo).

Los agentes comerciales pueden ser personas físicas o jurídicas, que no son asalariados sino independientes con estatuto de trabajador autónomo y están ligados al empresario por un mandato. Se regulan por una directiva comunitaria sobre el contrato de agencia. En los contratos, conviene hacer mención a la duración del contrato, periodo de prueba, exclusividad, remuneración y periodo de notificación previa en caso de finalización de la relación. El Tribunal competente, en caso de conflicto, es el Tribunal de Comercio.

Habitualmente, los agentes, por sus propias características, tienen un conocimiento más profundo del mercado y mayor poder de introducción que los representantes. Se considera que la clientela es del agente o del representante y no de la empresa.

La Oficina Comercial tiene a disposición de los exportadores la legislación y modelos de contrato de representantes y de agentes comerciales.

La retribución tanto de agentes comerciales como de representantes puede incluir elementos fijos, indemnizaciones y comisiones. En cualquier caso, el carácter de la relación es mercantil con el agente y laboral con el representante.


¿Cómo encontrarle?

• Los bancos de datos disponibles.

En primer lugar, hay que tener en cuenta que encontrar a un agente comercial en Francia es una misión difícil, ya que :

- No existen bancos de datos de agentes comerciales.

- No existen anuarios de agentes comerciales.

Por lo que la información disponible para su localización es escasa y fragmentaria.

Las Fuentes

Las únicas fuentes donde se pueden localizar listado de agentes comerciales son :

- Las Páginas amarillas del anuario telefónico

- El kompass (muy pocas direcciones)

- Los anuarios especializados (muy pocos)

- El registro mercantil (demasiado extenso y obsoleto)

La Federación francesa de Agentes comerciales es el único organismo que dispone de un banco de datos de agentes comerciales actualizando y de calidad, ya que sólo figuran agentes comerciales colegiados en activo.

3- Información que la oficina económica y comercial puede facilitar para localizar agentes comerciales

Los principales sectores de los que disponen un listado son los siguientes :

Productos agroalimentarios – automoción – bisutería / joyería – bricolaje – calzado – colectividades – construcción – cuero – electrónica – embalaje – bienes de equipo – fundición – productos industriales – productos químicos – siderurgia – juguete – maquinaría – cosméticos – productos médicos – electrodomésticos – ocio – papel – regalo – tejidos – confección.

A. Las Federaciones Nacionales

1- FEDERATION NATIONALE DES AGENTS COMMERCIAUX ET MANDATAIRES

30 avenue de l’Opéra, 75002 PARIS, Tel : 144 94 05 05, Fax : 144 94 05 10

Esta Federación dispone de un servicio de prensa que permite a las empresas en búsqueda de agentes comerciales publicar un anuncio mediante a una publicación en una revista especializada :

“L’AGENT COMMERCIAL” es una revista profesional mensual difundida acerca de Agentes Comerciales, Cámaras de Comercio, Federaciones profesionales, etc… (Tel: 144 94 06 06 – Fax: 144 94 06 10 )

2- FEDERACION SYNDICALE NATIONALE DE LA REPRESENATION COMMERCIALE (V.R.P. ET COMMERCIAUX)

Sede :

30, Boulevard Bonne Nouvelle (M° Bonne Nouvelle), 75480 PARIS CEDEX 10

2, Rue d’Hauteville, 75480 PARIS CEDEX 10, Tel: 148 24 97 59, Fax: 145 89 19 48



La Federación publica una revista mensual LA TRIBUNE en la que puede publicar un anuncio.



3- SYNDICAT NATIONAL DES AGENTS COMMERCIAUX



10, Rue de 14 juillet, 93310 PRE-SAINT-GERVAIS, Tel: 148 40 19 58, Fax: 148 43 26 77



Existe una revista trimestral publicada por el Sindicato Nacional llamada « LA DIFFUSION COMMERCIAL FRANCAISE ET EUROPEENE », en la que se pueden insertar anuncios. Ésta es la única vía posible que ofrece este Sindicato.

B. Delegaciones Regionales de Agentes Comerciales

En Francia, existen varias Federaciones regionales de agentes comerciales independientes a las que se puede dirigir una oferta de representación para que éstas den la oportuna difusión de la misma cerca de sus miembros.

C. Cámaras de comercio

Las Cámaras de Comercio de las grandes ciudades francesas suelen publicar un boletín de anuncios de ofertas y demandas de productos por lo que es aconsejable remitir a éstas una oferta de representación.

D. Revistas especializadas y periódicos franceses


Publicar un artículo en revistas especializadas por sectores de actividad es un buen método. No se aconseja publicar un anuncio en los periódicos franceses, pues cualquier persona sin experiencia en el sector puede responder al anuncio, lo que complica la eventual selección y no garantiza un buen conocimiento del mercado francés del candidato.

Lo ideal es publicar un anuncio en la Federación des Agentes Comárcales y la Cámara de Representantes y V.R.P.

En Francia existen 20.000 Agentes Comerciales y están en su mayoría afiliados a la Federación Francesa de Agentes Comerciales.

¿Por qué soy agente comercial?

Ceviche estilo Acapulco

Ceviche de camarones a la mexicana

martes, 31 de enero de 2012

PREGUNTAS y RESPUESTAS

PREGUNTAS
1. ¿Cuál es la necesidad por lo que todo operador del comercio internacional se ve obligado a firmar un Contrato de compraventa internacional?
2. ¿Se considerarán compraventas los contratos de suministro de mercaderías que hayan de ser manufacturadas o producidas, a menos que la parte que las encargue asuma la obligación de proporcionar una parte sustancial de los materiales necesarios para esa manufactura o producción?
3. ¿Cuál es el instrumento clave del comercio internacional que debería ser adoptado por todos los países del mundo para que el contrato de compraventa constituya el fundamento del comercio internacional en todos los países, independientemente de su tradición jurídica o de su nivel de desarrollo económico?
4. ¿Cuál es el ámbito de aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías?
5. ¿La Convención se aplica a los contratos en los que la parte principal de las obligaciones de la parte que proporcione las mercaderías consista en suministrar mano de obra o prestar otros servicios?
6. ¿Cuál fue la finalidad de la Convenciónde las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías?
7. ¿Cuál es la contribución del Convención para el desarrollo del comercio internacional.
8. ¿Cuál es el propósito del texto de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías?
9. ¿La Convención ha inspirado reformas del derecho de los contratos en los países?

RESPUESTAS
1. Porque el contrato de compraventa constituye el fundamento del comercio internacional en todos los países, independientemente de su tradición jurídica o de su nivel de desarrollo económico y porque en su texto se compaginan cuidadosamente los intereses del comprador con los del vendedor.
2. Si. Se considerarán compraventas los contratos de suministro de mercaderías que hayan de ser manufacturadas o producidas, a menos que la parte que las encargue asuma la obligación de proporcionar una parte sustancial de los materiales necesarios para esa manufactura o producción
3. Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de MercaderíasDado que su finalidad es prever un régimen moderno, uniforme y equitativo para los contratos de compraventa internacional de mercancías, por lo que contribuye notablemente a dar seguridad jurídica a los intercambios comerciales y a reducir los gastos de las operaciones.Los Estados que adoptan la Convención disponen de una legislación moderna y uniforme que rige la compraventa internacional de mercancías y que se aplica a toda operación de compraventa concertada entre partes que tengan un establecimiento en alguno de los Estados Contratantes. En tales casos, la Convención se aplica directamente, sin necesidad de recurrir a las reglas de derecho internacional privado para determinar la ley aplicable al contrato, lo cual contribuye notablemente a dar certeza y previsibilidad a los contratos de compraventa internacional.
Además, la Convención puede aplicarse a un contrato de compraventa internacional de mercaderías cuando en virtud de las reglas de derecho internacional privado la ley aplicable al contrato sea la de un Estado Contratante, o cuando las partes hayan convenido en ello, independientemente de si sus respectivos establecimientos se encuentren en un Estado Contratante. En tal caso, la Convención prevé un conjunto de normas neutrales que pueden ser de fácil aceptación habida cuenta de su carácter transnacional y de la existencia de abundante material interpretativo.
Por último, las pequeñas y medianas empresas y los comerciantes de países en desarrollo suelen tener poco acceso a asesoramiento jurídico al negociar un contrato. Esto los hace más vulnerables a los problemas causados por los contratos que no regulan adecuadamente las cuestiones de la ley aplicable. Esas empresas y esos comerciantes también pueden encontrarse en situación de desventaja como partes contratantes y experimentar dificultades por la falta de equilibrio entre las partes. Por consiguiente, esos comerciantes se beneficiarían especialmente de la aplicación a título supletorio del régimen equitativo y uniforme de la Convención sobre la Compraventa a los contratos que entraran en su ámbito de aplicación.
4. La Convención se aplica sobre la Compraventa que rige los contratos de compraventa internacional de mercancías entre empresas privadas, con excepción de las ventas a consumidores y las ventas de servicios, así como las ventas de tipos concretos de mercancías. La Convención se aplica a los contratos de compraventa de mercancías concertados entre partes cuyos establecimientos se encuentren en distintos Estados o cuando en virtud de las reglas de derecho internacional privado deba aplicarse la ley de un determinado Estado Contratante:
a) cuando esos Estados sean Estados Contratantes; o cuando las normas de derecho internacional privado prevean la aplicación de la ley de un Estado Contratante.
b) No se tendrá en cuenta el hecho de que las partes tengan sus establecimientos en Estados diferentes cuando ello no resulte del contrato, ni de los tratos entre ellas, ni de información revelada por las partes en cualquier momento antes de la celebración del contrato o en el momento de su celebración.
c) A los efectos de determinar la aplicación de la Convención, no se tendrán en cuenta ni la nacionalidad de las partes ni el carácter civil o comercial de las partes o del contrato.
La Convención también puede ser aplicable cuando las partes hayan convenido en ello. Determinadas cuestiones de la compraventa internacional de mercancías, como la validez del contrato y los efectos del contrato sobre la propiedad de los bienes vendidos, no entran en el ámbito de la Convención.

5. No. La Convención no se aplicará a los contratos en los que la parte principal de las obligaciones de la parte que proporcione las mercaderías consista en suministrar mano de obra o prestar otros servicios.
6. La finalidad de esta Convención es prever un régimen moderno, uniforme y equitativo para los contratos de compraventa internacional de mercancías, por lo que contribuye notablemente a dar seguridad jurídica a los intercambios comerciales y a reducir los gastos de las operaciones.
7. Construir un desarrollo del comercio internacional sobre la base de la igualdad y del beneficio mutuo como un importante elemento que fomente las relaciones amistosas entre los Estados, estimando que la adopción de normas uniformes aplicables a los contratos de compraventa internacional de mercaderías en las que se tengan en cuenta los diferentes sistemas sociales, económicos y jurídicos contribuiría a la supresión de los obstáculos jurídicos con que tropieza el comercio internacional y promovería el desarrollo del comercio internacional,
8. En su texto se compaginan cuidadosamente los intereses del comprador con los del vendedor.
9. En efecto, la Convención ha inspirado reformas del derecho de los contratos en varios países.

Mas de 250 contratos, contratos internacionales, contratos-modelo y guías de redacción seleccionadas en razón de su interés práctico para las transacciones internacionales.

Por temas
Consulta y utilización de documentos en formato PDF:

Algunos modelos de contratos y guías de redacción están publicados en formato PDF (Portable Document Format). Para consultar esos documentos deberá utilizarse el programa Adobe Acrobat Reader. Este programa es gratuito y puede ser telecargado en la dirección http://www.adobe.es/products/acrobat/readstep.html.

Cuando un modelo de contrato o una guía de redacción esta publicado en el formato PDF usted no puede editarlo directamente. No obstante, es posible copiar su contenido y pegarlo en un programa de edición de texto tal como Word de Microsoft. Para hacer esto sigua los siguientes pasos:

Cuando usted telecargue un documento PDF esté aparecerá en su navegador web gracias al conector (plug-in) de Adobe Acrobat Reader que se encuentra incorporado en el navegador. En ese momento se deberá guardar una copia del documento oprimiendo el boton "Guardar" del conector.

Enseguida se deberá salir del navegador y abrir la copia guardada del documento PDF con el fin de observarla utilizando el programa Adobe Acrobat Reader.

Una vez que el documento ha sido abierto usted deberá seleccionar la opción de lectura "Continua" del menú "Ver" y, a continuación, activar la opción "Seleccionar todo" del menú "Edición".

Finalmente se deberá copiar todo el texto utilizando la opción "Copiar" del menú "Edición" y luego pegarlo en su programa de tratamiento de texto utilizando la función "Pegar" del menú "Edición (teclas Ctrl + v).

Entradas del blog