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martes, 6 de enero de 2015

Concepto, características y origen del Derecho Mercantil

Concepto, características y origen del Derecho Mercantil
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Revisión a fecha de 11:27 15 abr 2008; Cgonzalez (Discutir | contribuciones) (dif) ← Revisión anterior | Revisión actual (dif) | Revisión siguiente → (dif)
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Dentro del Derecho nos encontramos con dos tipos: el derecho privado y el derecho público. El Derecho mercantil pertenece al Derecho privado, este es el conjunto de normas que regula la actividad de los particulares entre sí, o de estos y el Estado u organismos públicos, cuando actuan de forma privada. Dentro del Derecho privado nos encontramos con el Derecho Civil y el mercantil que es en el que profundizaremos
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Concepto de Derecho Mercantil
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Es el que se ocupa de las normas que regulan la actividad empresarial, tanto en la forma de constitución y desenvolvimiento de las empresas como en sus relaciones con terceras personas. Por tanto el Derecho Mercantil estudia entre otras cosas: el empresario individual y social, los contratos mercantiles, los documentos usados en el tráfico comercial, la quiebra y suspensión de pagos y el Derecho marítimo. Sintetizando podriamos decir que el Derecho Mercantil es el que establece los derechos y obligaciones de cada una de las partes que intervienen en el comercio. Características básicas que definen al Derecho Mercantil
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Es un derecho profesional, creado y desarrollado para resolver los conflictos y la actividad propia de los empresarios. Es un derecho individualista; al ser una parte del derecho privado que regula las relaciones entre particulares y por lo tanto deja de lado aquellas relaciones jurídicas en las cuales intervienen los poderes públicos. Es un derecho consuetudinario ya que a pesar de estar codificado se basa en la tradición, en la costumbre de los comerciantes. Es un derecho progresivo. Al mismo tiempo que evolucionan las condiciones sociales y económicas el derecho mercantil ha de ir actualizándose
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 Es un derecho global / internacionalizado; las relaciones económicas cada vez son más internacionales por lo que este derecho ha tenido que hacerlo también, para lo cual diversos organismos trabajan en su normativización internacional.Así tenemos a UNCITRAL de las Naciones Unidas, UNIDROT, a la Cámara de Comercio Internacional de París que desarrolla los Incoterm (cláusulas que con carácter internacional se aplican a las transacciones internacionales), la Asociación Legal Internacional y el Comité Marítimo Internacional. Orígenes y evolución del Derecho Mercantil .................
El Derecho Mercantil surgió en la Edad Media con el desarrollo del comercio.
Las normas mercantiles estuvieron ligadas al principio a las costumbres de los comerciantes y la actividad de sus gremios. Éstos recogieron en estatutos escritos los usos mercantiles y además crearon tribunales mercaderes, denominados consulados, encargado de resolver los conflictos surgidos como resualtado de la actividad comercial.
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También durante la Edad Media, para regular el comercio las ordenanzas de ciertas ciudades (Florencia, Venecia...) desempeñaron un importante papel en el nacimiento del Derecho Mercantil como un derecho de comerciante. Este caracter profesional se mantuvo hasta el principios del siglo XIX, cuando se desarrollo la codificación. El triunfo del liberalismo que propugnaba la libertad de comercio y la ruptura de las barreras y controles gremiales, hacía que careciera de sentido en esa realidad un Derecho profesional. Para sustituir la idea de un derecho de mercaderes, el Código de Comercio francés de 1807 intentó cicunscribir el Derecyho Mercantil a los actos objetivos de comercio; esto es, aquellos actos que por su propia naturaleza sean comerciales, con independencia de la profesión de quién lo realice. La idea de que el Derecho Mercantil regulase actos objetivos de comercio, resultó un fracaso debido a la dificultad para determinar en la práctica dicho concepto: existen actos jurídicos que pueden ser civiles y mercantiles. Por esta razón se ha vuelto a la primitiva concepción subjetivista, considerando el Derecho Mercantil como un Derecho de comerciantes. En la actualidad la evolución de esta rama según el profesor Sánchez Calero se caracteriza por varias tendencias: Progresiva uniformidad de la legislación mercantil.
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Control y supervisión de la Administración Pública sobre determinadas actividades mercantiles. ...............
Defensa de la competencia y de los consumidores de los usuarios.
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Pérdida de importancia de los títulos valores.
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 LEER MÀS

lunes, 22 de diciembre de 2014

"Negociación fesu"

LOS CONTRATOS CCI

Los contratos CCI

Ante la falta de uniformidad de las leyes para acuerdos de este tipo, la Cámara de Comercio Internacional (CCI) ha elaborado un modelo de contrato de agencia usando normas contractuales uniformes y que no están basadas en ninguna ley nacional específica, pero que "incorporan la práctica que prevalece en el comercio internacional, así como los principios de ley generalmente reconocidos por las leyes nacionales sobre la agencia”.
Este modelo de contrato de agencia internacional está disponibleen la web de la Cámara de Comercio Internacional, desde esta dirección: ICC Model Commercial Agency Contract
Consta de 28 artículos y de 7 anexos donde aparecen recogidos todos los elementos del contrato de agencia internacional, así como las distintas situaciones que se pudieran dar en un contrato de agencia.
ELEMENTOS DEL CONTRATO
Interesa destacar alguno de los elementos tenidos en cuenta:
  1. Funciones del Agente
    Se trata en profundidad el tema de la promoción de la venta, la solicitud de pedidos fuera del territoriopropuesto en el contrato salvo acuerdo propio con el principal, la limitación del papel del agente pararecepción de pago, para cierre de operaciones con los clientes etc.
  2. Obligaciones de no Competencia
    La cláusula de la no competencia que consiste en laprohibición de representar a las empresas competidoras durante la duración del contrato, está previamente definida. Asimismo se menciona también la posibilidad de incluir la obligación de no competir con el principal después de que el contrato finalice, con una cláusula de duración no superior a dos años.
  3. Terminación de Contrato
    Se regulan los elementos de terminación de contrato, indicando así todos los casos posibles de terminación inmediata del contrato
  4. Indemnización
    Se comenta el tema de la indemnización en caso de terminación.
  5. Resolución de Disputas
    En este modelo se permite también la posibilidad de resolución de litigios mediante un método amistoso a través de las “ADR (Amicable Dispute Resolution) Rules” delDispute Resolution Services de la Cámara de Comercio Internacional. Este método es opcional y no limita a las partes en su derecho a recurrir al arbitraje o a los tribunales nacionales.
    En cuanto a la resolución de disputas este modelo da la opción de acudir al arbitraje o a los tribunales ordinarios. En el primer caso se busca la resolución de disputas por un sistema uniforme organizado a través de las reglas de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional.
  6. Ley aplicable
    En cuanto a la ley aplicable en este modelo no se asume el principio de aplicación de leyes nacionales especificas salvo que esta sea la opción elegida. No obstante, en casos particulares las normas imperativas de la ley del país del agente pueden ser de aplicación por los tribunales de dicho país.
Este modelo trata de evitar las peculiaridades de las leyes nacionales, utilizando aquellas contenidas en un principio más básico y elemental que esta contenido en los principios Unidroitde contratos comerciales internacionales, que ofrecen un soporte legal razonable y previsible para la mayoría de las cuestiones que puedan surgir.
LOS PRINCIPIOS UNIDROIT
Desde hace muchos años se han hecho esfuerzos para conseguir una unificación internacional de la ley tomando forma de instrumentos vinculantes, como convenciones internacionales o leyes modelo.
La iniciativa de Unidroit para la elaboración de los principios sobre los contratos comerciales internacionales va en esa dirección, estableciendo reglas generales para los contratos de comercio internacional, siendo de aplicación al contrato cuando las partes así lo acuerden.
Los principios de Unidroit ofrecen soluciones para la mayor parte de los problemas contractuales de naturaleza general. En general, aunque los principios Unidroit digan que sus reglas son imperativas, esas reglas no prevalecerán sobre las cláusulas del contrato o sobre los principios generales de ley y usos comerciales. En cualquier caso, si las partes desean tener un contrato regulado por una ley nacional especifica, elegirían esta alternativa en el contrato.
El grupo de trabajo formado por representantes de los sistemas legales más importantes del mundo realizó los diversos capítulos de estos principios.
  • Capitulo 1. Disposiciones generales
  • Capitulo 2. Formación
  • Capitulo 3. Validez
  • Capitulo 4. Interpretación
  • Capitulo 5. Contenido
  • Capitulo 6. Cumplimiento
    • Cumplimiento general
    • Excesiva onerosidad
  • Capitulo 7. Incumplimiento
    • Incumplimiento en general
    • Derecho a reclamar el incumplimiento
    • Resolución y resarcimiento
No se trata de recomendar el modelo CCI en todos los casos, pero sí es un modelo a tener muy en cuenta.
Como ya hemos apuntado, los diversos modelos tanto generales como simplificados para contratos de agencia o de distribución, pueden encontrarse y adquirirse en la página web de la CCI.


¿Desconoce como realizar una contratación internacional?

¿Desconoce como realizar una contratación internacional?

Modelos de Contratos Internacionales

¿Qué es?

El Servicio Modelos de Contratos Internacionales de las Cámaras de Comercio pone a su disposición modelos de los contratos de carácter internacional de mayor utilización en las operaciones comerciales internacionales.

Este servicio permite la consulta de modelos de más de 80 contratos internacionales clasificados por los siguientes módulos temáticos:
  • Compraventa internacional de mercancías
  • Unión internacional de empresas
  • Financiación internacional
  • Transporte internacional
  • Seguro de crédito a la exportación
  • Colaboración mercantil internacional
  • Transacción internacional
  • Avales y garantías internacionales
  • Seguro de transporte internacional
Por cada uno de los contratos desarrollados podrá obtener un modelo del mismo, así como conocer sus objetivos y características.

¿Por qué le puede interesar?

No sólo por el hecho de que existan más de 80 modelos diferentes, sino por la capacidad que ofrece el servicio para una búsqueda temática y la información anexa a cada modelo (objetivos y características de cada uno).

¿Cómo funciona?

Servicio de libre acceso. Consulte online los distintos contratos internacionales de los que ofrece información este Servicio.

Puede descargar también un modelo de los cada uno de los contratos internacionales ofrecidos por ese Servicio.


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Ejemplos de algunos artículos: Declaración,Suspensión del contrato de trabajo

viernes, 19 de diciembre de 2014

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