Escriba lo que desea buscar en este blog

miércoles, 17 de abril de 2013

Dos vertientes: el análisis microeconómico y el derecho. Ronald Coase, a cuarenta años de un artículo por Alberto José Figueras

Coase fue posiblemente el primero en avanzar, con apenas 27 años de edad, en la dilucidación sobre las causas que dan lugar a la presencia de empresas (una «visible mano» ordenadora) en un entorno en que opera la «mano invisible» del mercado. La empresa emerge en su análisis, como organización jerárquica cuando los costos de transacción entre partes contratantes son elevados. Se adentraba, así tempranamente, en el estudio de los costos de transacción y los efectos de los derechos de propiedad.

Coase aproximaba de tal modo, dos vertientes: el análisis microeconómico y el derecho. 

Ahora bien, en la realidad social se pueden distinguir mercados explícitos y mercados implícitos.
 Los primeros resultan ser aquéllos en los cuales se negocian la mayoría de los bienes y servicios que podemos imaginar.
Los mercados implícitos, por su parte, incluyen las actividades que padecen “ausencia de mercado» (el delito, por ejemplo).
Desde ya que la historia del pensamiento económico está colmada de elaboraciones sobre los mercados explícitos, manifiestos; sin embargo, el análisis económico también se ha aplicado desde los primeros tiempos de la etapa científica a revelar la operatoria de las actividades con “ausencia de mercado”.
Baste mencionar la idea utilitarista de Bentham, aplicada a la comprensión del crimen, o la señera obra de Cesare Beccaria, «De los delitos y las penas», que abriera las puertas al derecho penal moderno al trabajar la relación entre incentivos (o castigos) y el comportamiento de los criminales(1 ).
Aquellas obras fueron los primeros vínculos del análisis económico moderno con el derecho.

1 Un interesante antecedente, por lo vernáculo y centenario, lo constituye la obra del Padre Pedro de Oñate(1567-1646), autor de “De Contractibus”(Roma, 1646), escrita posiblemente en nuestra Córdoba, donde residiera como Superior Provincial de la Orden Jesuita. Interesante, dijimos, si bien no era un análisis económico del derecho, sino más bien algunos apuntes económicos desde el derecho.
.................................................

A diferencia de lo habitual en nuestro tiempo, Ronald Coase no se distinguió por presentaciones sofisticadas sino por la hoy poco común inclinación por afinar ideas en un análisis “exclusivamente” conceptual.
Por lo general, en el lenguaje corriente se utilizan vocablos con acepciones distantes de las que poseen en la jerga de una especialidad. Tal es el caso de las palabras fuerza, energía y potencia, que en la física designan conceptos totalmente diferentes. No obstante, la falta de comprensión del tema hace que en el hablar coloquial sea muy común utilizar estas palabras como si fueran estrictos sinónimos, alejándose así de las precisiones técnicas.
Algo similar acontece con el concepto de costo. A menudo la gente no consigue aprehender la idea del costo económico como “alternativo” o “de oportunidad”. Ni qué hablar de afinar la puntería y precisar la existencia de costos de transacción. Precisamente Coase se ocupó de ello en el artículo que hoy recordamos (que viera la luz en 1961, pero con pie de imprenta de 1960)



No hay comentarios:

Publicar un comentario

Entradas del blog