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lunes, 6 de enero de 2014
Derecho Internacional
Derecho Internacional
Arreglo Judicial de ControversiasComisión de Derecho Internacional
Derecho Mercantil Internacional
Derecho del medio ambiente
Derecho del mar
Derecho humanitario internacional
Terrorismo internacional
Corte Penal Internacional
Espacio ultraterrestre
Derechos humanos
La ONU tiene como una de sus funciones, según el Artículo 13, inciso a de la "Carta de las Naciones Unidas", "fomentar la cooperación internacional en el campo político e impulsar el desarrollo progresivo del derecho internacional y su codificación"
Por lo tanto ha impulsado el desarrollo del derecho internacional, a través de más de 480 acuerdos multilaterales sobre una amplia variedad de temas de interés común para los Estados, que al ratificarlos, adquieren la obligación jurídica de cumplir con ellos. Además muchos de los tratados elaborados por las Naciones Unidas se han convertido en la base jurídica para regir las relaciones entre naciones.
La Organización ha abordado temas que en su momento han sido totalmente innovadores dentro de la esfera jurídica internacional. La ONU ha sido pionera en tópicos ambientales, de tráfico de drogas y terrorismo, utilización pacífica del espacio ultraterrestre y trabajadores migratorios, solo por mencionar algunos.
Asimismo, se da especial énfasis al arreglo pacífico de controversias internacionales, con base en el Artículo 33, párrafo 1 de la Carta de las Naciones Unidas, que afirma que las partes en una controversia que pudiera poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscarle solución, por medio de la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección.
El Artículo 102 de la "Carta de las Naciones Unidas" dispone que los Estados Miembros registren en las Naciones Unidas todo acuerdo internacional que concierten. Esto se hace ante la Oficina de Asuntos Jurídicos, la cual es responsable del registro, depósito y la publicación de los tratados y las convenciones. La Oficina también se encarga de publicar en inglés y francés la serie titulada UN Treaties Series óRecueil des Traités, donde se encuentra el texto de más de 30 000 tratados y medidas conexas. También en inglés y francés se publica un volumen titulado Multilateral Treaties Deposited with the Secretary-General o Traités Multilateraux déposés auprès du Secrétaire Général donde se enuncian 486 tratados multilaterales depositados por los Estados Miembros
La búsqueda pacífica de solución de controversias es una parte fundamental de la labor de las Naciones Unidas que realiza a través de la Corte Internacional de Justicia, la cual es uno de sus órganos principales. Desde su fundación, en 1946 los Estados le han sometido 75 casos y las organizaciones internacionales le han solicitado 22 opiniones consultivas. La mayor parte de estos casos han sido tramitados por la Corte en pleno, aunque desde 1981 también se puede solicitar su envío a las salas especiales.
Las controversias que ha solucionado tratan acerca de muy diversos temas, tales como:
- Derechos económicos
- Derechos de paso
- No utilización de la fuerza
- No injerencia en asuntos internos de otros Estados
- Relaciones diplomáticas y consulares
- Toma de rehenes
- Derecho de asilo
- Nacionalidad
- Conflictos territoriales
- Aplicación de tratados
La labor del desarrollo progresivo y codificación del derecho internacional en el seno de la ONU es llevada a cabo por la Comisión de Derecho Internacional, que fue creada en 1947 y está integrada por 34 miembros elegidos por la Asamblea, los cuales se reúnen anualmente. La Comisión se encarga de preparar proyectos sobre temas de derecho internacional. Cuando la Comisión completa su labor sobre un tema determinado, la Asamblea General convoca regularmente a una conferencia internacional de plenipotenciarios para incorporar dicho proyecto a una convención que posteriormente se abre a la firma de los Estados para que sean partes de dicho instrumento legal y acepten el cumplimiento de sus disposiciones.
La codificación de esta esfera es sumamente importante para facilitar el comercio internacional por medio de convenciones, leyes modelo, normas y guías jurídicas. Es llevada a cabo por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), establecida en 1966.
La ONU es pionera en la codificación y desarrollo jurídico para la protección del medio ambiente. El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) administra muchos de esos tratados, que abordan temas como la desertificación, la diversidad biológica, la capa de ozono y los desechos peligrosos.
Se rige principalmente por la "Convención de las Naciones Unidas para el Derecho del Mar" que trata sobre el espacio oceánico y su utilización en todos sus aspectos: navegación, sobrevuelo, exploración y explotación de recursos, conservación y contaminación, pesca y tráfico marítimo. Determina las cuestiones del mar territorial, la zona económica exclusiva, la contaminación marina, los Estados archipielágicos y la explotación de los fondos marinos.
El trabajo de las Naciones Unidas en esta esfera es muy limitado, aunque la Asamblea General ha contribuido a la elaboración de instrumentos internacionales relativos al tema. También se ha trabajado estableciendo tribunales penales internacionales
El terrorismo internacional no es un tema nuevo para las Naciones Unidas, ya que han tomado medidas de orden jurídico y político con relación al tema. Jurídicamente, la ONU y sus agencias especializadas, particularmente la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI), la Organización Marítima Internacional (OMI) y el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), han elaborado los siguientes acuerdos internacionales en los ámbitos de su competencia:
- Convenio sobre las infracciones y ciertos otros actos cometidos a bordo de aeronaves (Tokio, 1963)
- Convenio para la represión el apoderamiento ilícito de aeronaves (La Haya, 1970)
- Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil (Montreal, 1971)
- Convención sobre la prevención y el castigo de delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los agentes diplomáticos (Nueva York, 1973)
- Convención sobre la protección física de los materiales nucleares (Viena, 1980)
- Protocolo para la represión de actos ilícitos de violencia en los aeropuertos que presten servicios a la aviación civil (Montreal, 1988)
- Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima (Roma, 1988)
- Protocolo para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental (Roma, 1988)
- Convenio sobre la marcación de explosivos plásticos para los fines de detección (Montreal, 1991)
- Convención contra la toma de rehenes (1979)
- Convención sobre la seguridad del personal de las Naciones Unidas (1994)
- Convención Internacional sobre la represión de las explosiones terroristas (1997)
En las tres últimas Convenciones la Asamblea General ha tomado la iniciativa. Asimismo, un comité especial establecido por la Asamblea General en 1996 está elaborando un convenio internacional para la represión de los actos de terrorismo nuclear.
En la esfera política, la Asamblea General adoptó en 1994 la "Declaración sobre medidas para eliminar el terrorismo internacional", donde se condenan los actos terroristas y se insta a los Estados a tomar medidas a nivel nacional e internacional para eliminar el terrorismo internacional.
En 1948 las Naciones Unidas consideraron por primera vez la posibilidad de establecer una corte permanente internacional para enjuiciar el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y la agresión. Sin embargo, esta idea no prosperó durante mucho tiempo porque existían muchas diferencias de opinión entre las naciones. No fue sino hasta 1992, cuando la Asamblea General pidió a la Comisión de Derecho Internacional que preparase un proyecto de estatuto de dicha Corte. El "Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional", fue adoptado en una conferencia de plenipotenciarios celebrada durante junio y julio de 1998 por 120 votos a favor, 7 en contra y 21 abstenciones, para ser abierto inmediatamente a firma.
La Corte estará formada por la Presidencia, la División de Prejuicio, la Oficina del Fiscal y el Registro. Contará con 18 jueces, elegidos por la Asamblea de Estados partes por un período de 9 años. La Corte tendrá su sede en la Haya pero podrá reunirse en otros lugares
Las Naciones Unidas buscan velar por el uso pacífico del espacio ultraterrestre a raíz del lanzamiento del Sputnik por la Unión Soviética. Con tal fin, la Asamblea General estableció la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos, logrando así la adopción de cinco instrumentos jurídicos básicos en el tema y que se encuentran en vigor actualmente. Con ese fin también ha realizado tres conferencias relativas al tema
La ONU ha fijado su atención en el tema desde su fundación, ya que en la "Carta de las Naciones Unidas" se resuelve "reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas", además de buscar como uno de sus Propósitos el de lograr "el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión".
La ONU adoptó también el primer instrumento internacional sobre derechos humanos: la "Declaración Universal de Derechos Humanos" y ha establecido mecanismos para su promoción y protección.
Derecho Mercantil Internacional
Derecho Mercantil Internacional
La codificación de esta esfera es sumamente importante para facilitar el comercio internacional por medio de convenciones, leyes modelo, normas y guías jurídicas.
El trabajo en esta rama del derecho internacional corre a cargo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), establecida en 1966 por la Asamblea General. Cuenta con 36 naciones que representan a los principales sistemas económicos y jurídicos.
La Subdivisión de Derecho Mercantil Internacional de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas funge como secretaria de la Comisión.
Dentro de la labor de la CNUDMI ha sido relevante la elaboración de textos que incluso han sido pilares en diversas esferas. Entre los que se mencionan algunos a continuación:
- Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de Mercaderías (1980)
- Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional(1985)
- Reglamento de arbitraje de la CNUDMI (1976)
- Reglamento de Conciliación de la CNUDMI (1980)
- Convenio de las Naciones Unidas para el Transporte Marítimo de Mercaderías ("Reglas de Hamburgo", 1978)
- Guía Jurídica de la CNUDMI para la redacción de contratos internacionales de construcción de obras industriales (1988)
- Guía Jurídica para las operaciones de comercio compensatorio internacional (1992)
- Convención de las Naciones Unidas sobre las Garantías Independientes y Cartas de Crédito Contingente (1995)
- Ley Modelo de la CNUDMI sobre la insolvencia transfronteriza(1997)
Actualmente se encuentra trabajando en la preparación de una guía legislativa sobre proyectos de infraestructura con financiación privada, que orientará a los Estados para legislar sobre este tema; la preparación de un reglamento en relación con aspectos específicos de las firmas numéricas y las entidades certificadoras; la compilación y publicación de la jurisprudencia de los textos de la CNUDMI; y un proyecto de convención sobre el financiamiento mediante efectivos a cobrar, que facilitará la disponibilidad de créditos a menor costo.
Competitividad en el Perú: Diagnóstico, sectores a priorizar y lineamientos a seguir para el período 2011-2016
Competitividad en el Perú: Diagnóstico,
sectores a priorizar y lineamientos a
seguir para el período 2011-2016
Competitiveness in Peru 2011-2016: Diagnosis Sectors to prioritize and Lines for a
Proposal for its Development
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Competitiveness in Peru 2011-2016: Diagnosis Sectors to prioritize and Lines for a
Proposal for its Development
A presente investigação tem como ponto de partida a determinação da situação do Peru em termos de Competitividade.
Este diagnóstico baseia-se em diversas fontes de reputação internacional que, além disso, constituem os referentes no
tema. Adicionalmente, conta com a colaboração de instituições nacionais peruanas e de Michael Porter, prestigiado
professor da Universidade de Harvard. Depois de diagnosticada a competitividade do Peru, são determinados os
sectores-chave da economia do país, os quais apresentam um maior potencial e perspectivas positivas por forma a que o
respectivo desenvolvimento potencie a competitividade do país de forma eficaz. Depois, é apresentada uma abordagem
ao potencial de cada um destes sectores. Por fim, são sugeridas algumas orientações para melhorar a competitividade
deste país.
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COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS: EL DEBER DE RENEGOCIACIÓN EN CASO DE EXCESIVA ONEROSIDAD SOBREVENIDA
Resumen
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El trabajo analiza desde la perspectiva del Derecho Uniforme contenido en la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías, la existencia del deber de renegociar el contrato en caso de hardship o excesiva onerosidad sobrevenida, sobre la base de la aplicación de los Principios UNIDROIT sobre Contratos Comerciales Internacionales por la vía del artículo 7.2 de la Convención, que regula los mecanismos de integración de la misma. Se concluye la conveniencia de tal interpretación, la cual constituye, además, una alternativa interesante para el Derecho nacional en la materia.
Abstract
The paper analyzes the obligation to renegotiate a contract in the case of hardship or supervening change in circumstance from the perspective of the uniform law of the Vienna Convention on Contracts for the International Sale of Goods and specifically the application of the Unidroit principles on International Commercial Contracts contained in Article 7(2) of said convention on the integration of those principles. The paper concludes that such an approach is appropriate and serves as an attractive option for domestic Chilean law in this field.
Keywords: hardship, unforeseen contingencies, negotiation, contracts, Vienna Convention on International Sale of Goods.
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Principios de UNIDROIT
Principios de UNIDROIT
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CIL-Septiembre-2009 El Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT- Instituto de Roma) viene elaborando proyectos de ley uniformes sobre diversas materias, las cuales tienen como fin evitar la aplicación de un derecho local-extranjero. En 1994 el instituto de Roma publicó un instrumento armonizador sobre el tema de los contratos comerciales en el ámbito internacional denominado “LOS PRINCIPIOS DE UNIDROIT SOBRE CONTRATOS COMERCIALES INTERNACIONALES”.
Este instrumento transnacional de ninguna manera constituye una tentativa de unificación legislativa (familias jurídicas), puesto que aquello seria imposible, dada la diversidad de culturas, etnias, la ética, la moral, etcétera, en el ámbito global. Lo que ha hecho el Instituto de Roma es armonizar los principios generales utilizados en el tráfico mercantil de manera que al surgir una contienda las partes puedan acudir a los Principios de UNIDROIT para dirimir el diferendo y evitar de esa manera el sometimiento a un ordenamiento jurídico extranjero.
Existe una tendencia en aplicar los Principios Generales del Derecho y/o el Ius Mercatorum para la regulación de las relaciones jurídicas con elementos extranjeros, es decir, con elementos que las vincula con más de un Estado, por ende, adquiriendo la relación jurídica su carácter internacional. Sin embargo, algunos tratadistas indican que en muchas ocasiones la aplicación de la Lex Mercatoria deja mucha incertidumbre dada su oscuridad, es decir, su aplicación se complica ya que sus reglas están dispersas y pueden interpretarse de manera distinta según donde y quienes la aplican, por eso ha surgido la iniciativa del Instituto de Roma en crear un cuerpo normativo común, unificador y armonizador, dirigido al trafico mercantil, ya sea como Derecho Sustantivo aplicable a los contratos comerciales internacionales o como herramientas (utilizadas por los árbitros) para la solución de controversias.
En cuanto a su ámbito de aplicación, los principios de UNIDROIT necesariamente deben constar en una clausula contractual como normativa aplicable; sin embargo, también se podrán aplicar los principios cuando las partes acuerdan someter el contrato a los principios generales del derecho, a los usos y costumbres mercantiles o a la Lex Mercatoria, donde con la simple mención de cualquiera de los términos señalados, se abre la posibilidad de aplicar los PRINCIPIOS UNIDROIT, así como cualquier otra norma internacional sobre la materia.
Entonces a la hora de determinar el derecho aplicable, las partes pueden librarse de aplicar un ordenamiento jurídico nacional y aplicar el derecho uniforme de los negocios internacionales, eliminando de esa manera la incertidumbre sobre el derecho aplicable y evitando la aplicación de la técnica conflictual del Derecho Internacional Privado.
En cuanto al contenido del instrumento normativo o código general aplicable a los contratos mercantiles internacionales, consta de un Preámbulo y 119 artículos divididos en siete capítulos que regulan la formación, validez, interpretación, contenido, cumplimiento e incumplimiento. Lo que no regula es la capacidad de partes ya que esta cuestión se deja en manos del derecho nacional de cada parte contratante.
Algunos elementos fundamentales a tomar en cuenta a la hora de aplicar los Principios de UNIDROIT, son los que se rescatan a continuación:
1. Se aplican únicamente a los contratos mercantiles.
2. La relación jurídica deberá ser necesariamente internacional.
3. Debe existir acuerdo de partes para la aplicación de losprincipios.
Otras funciones que cumplen los PRINCIPIOS UNIDROIT son las siguientes:
1. Sirven como medio para interpretar o complementar y/o suplir instrumentos internacionales.
2. Pueden aplicarse conjuntamente con otras convenciones internacionales, por ejemplo, con la Convención de Viena de 1980.
3. Constituyen bases para una Ley Modelo a ser tomada en cuenta por los legisladores nacionales.
Brian Haderspock
NEGOCIOS INTERNACIONALES: LEGISLACIÓN Y CONTRATOS INTERNACIONALES : PRINCIPIOS SOBRE LOS CONTRATOS COMERCIALES
PRINCIPIOS SOBRE LOS CONTRATOS COMERCIALES: PDF] PRINCIPIOS SOBRE LOS CONTRATOS COMERCIALES ... www.usergioarboleda.edu.co/... comercial /... internacional / principios _ uni ...
Novedades de la CNUDMI
Novedades de la CNUDMI
01/01/2014
Bibliografía mensual
Bibliografía mensual
16/12/2013
Comunicado de prensa:
La Asamblea General, por recomendación de la Sexta Comisión, adopta 24 textos ( inglés /francés)
Informe de la Sexta Comisión
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La Asamblea General, por recomendación de la Sexta Comisión, adopta 24 textos ( inglés /francés)
Informe de la Sexta Comisión
09/12/2013
"Grupo Interinstitucional sobre comercio y capacidad productiva: Ayuda para el comercio" (inglés)
"Grupo Interinstitucional sobre comercio y capacidad productiva: Ayuda para el comercio" (inglés)
02/12/2013
Bibliografía mensual
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04/11/2013
Comunicado de prensa (inglés):
Lituania retira la declaración exigiendo la "forma escrita" con arreglo a la Convención de Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG)
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Lituania retira la declaración exigiendo la "forma escrita" con arreglo a la Convención de Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG)
01/11/2013
Bibliografía mensual
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14/10/2013
Comunicado de prensa (inglés):
La CNUDMI destaca ante la Sexta Comisión la importancia del recientemente aprobado Reglamento sobre la Transparencia para la buena gobernanza
Presidente de la CNUDMI: discurso ante el Sexto Comité
Comunicado de prensa (inglés):
La CNUDMI destaca ante la Sexta Comisión la importancia del recientemente aprobado Reglamento sobre la Transparencia para la buena gobernanza
Presidente de la CNUDMI: discurso ante el Sexto Comité
07/10/2013
Evento:
Cuarto Coloquio de la CNUDMI sobre el Derecho Internacional de la Insolvencia
16-18 de diciembre de 2013, Viena
Se prestarán servicios de interpretación en los seis idiomas oficiales.
Evento:
Cuarto Coloquio de la CNUDMI sobre el Derecho Internacional de la Insolvencia
16-18 de diciembre de 2013, Viena
Se prestarán servicios de interpretación en los seis idiomas oficiales.
Nota: La mención de sitios externos de Internet no deberá interpretarse como un apoyo de las actividades o políticas de la entidad administradora de esos sitios externos.
Asistencia técnica y coordinación En un mundo cada vez más interdependiente en el plano económico, se reconoce en gran parte del mundo la importancia que reviste el mejoramiento del marco jurídico para facilitar el comercio y las inversiones internacionales. La CNUDMI desempeña una importante función en el desarrollo de ese marco debido a su mandato consistente en preparar y promover la utilización y adopción de instrumentos legislativos y no legislativos que rigen diversas materias de importancia clave. Estos instrumentos se negocian mediante un proceso internacional en el que intervienen diversos participantes. La composición de la CNUDMI está estructurada de forma que represente a las distintas tradiciones jurídicas y a los Estados con diversos niveles de desarrollo económico. Gracias a este proceso, los textos de la CNUDMI gozan de una amplia aceptación, pues ofrecen soluciones apropiadas para muchos y muy diversos países que se encuentran en distintas fases de desarrollo económico. Asistencia técnica para la reforma legislativa La CNUDMI lleva a cabo una serie de actividades de asistencia técnica con el fin de promover su labor, así como la utilización y adopción de los textos legislativos y no legislativos que elabora con objeto de fomentar la armonización y unificación progresivas del derecho privado. La información sobre las convenciones y leyes modelo se actualiza con regularidad en el sitio de la CNUDMI en Internet y se ofrece en forma de cuadros detallados relativos a determinados textos y en un cuadro individual que contiene una visión general de todos los textos. Coordinación de la labor en materia de derecho mercantil internacional Una parte importante del mandato de la CNUDMI consiste en coordinar la labor que realizan las organizaciones que se ocupan de cuestiones de derecho mercantil internacional CNUDMI
Asistencia técnica y coordinación
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En un mundo cada vez más interdependiente en el plano económico, se reconoce en gran parte del mundo la importancia que reviste el mejoramiento del marco jurídico para facilitar el comercio y las inversiones internacionales.
La CNUDMI desempeña una importante función en el desarrollo de ese marco debido a su mandato consistente en preparar y promover la utilización y adopción de instrumentos legislativos y no legislativos que rigen diversas materias de importancia clave.
Estos instrumentos se negocian mediante un proceso internacional en el que intervienen diversos participantes. La composición de la CNUDMI está estructurada de forma que represente a las distintas tradiciones jurídicas y a los Estados con diversos niveles de desarrollo económico. Gracias a este proceso, los textos de la CNUDMI gozan de una amplia aceptación, pues ofrecen soluciones apropiadas para muchos y muy diversos países que se encuentran en distintas fases de desarrollo económico.
Asistencia técnica para la reforma legislativa
La CNUDMI lleva a cabo una serie de actividades de asistencia técnica con el fin de promover su labor, así como la utilización y adopción de los textos legislativos y no legislativos que elabora con objeto de fomentar la armonización y unificación progresivas del derecho privado.
La información sobre las convenciones y leyes modelo se actualiza con regularidad en el sitio de la CNUDMI en Internet y se ofrece en forma de cuadros detallados relativos a determinados textos y en un cuadro individual que contiene una visión general de todos los textos.
Coordinación de la labor en materia de derecho mercantil internacional
Una parte importante del mandato de la CNUDMI consiste en coordinar la labor que realizan las organizaciones que se ocupan de cuestiones de derecho mercantil internacional tanto dentro del sistema de las Naciones Unidas como fuera de él, a fin de fomentar la cooperación entre ellas, evitar solapamientos y promover la eficiencia, la consistencia y la coherencia en la modernización y armonización del derecho mercantil internacional. En los últimos años un número cada vez mayor de órganos normativos ha elaborado textos en campos del derecho que afectan al comercio internacional, dando así un relieve aun mayor a la función de coordinación asignada a la CNUDMI.
Establecimiento de centros regionales de la CNUDMI
La Asamblea General, en su resolución 64/111, de 16 de diciembre de 2009, tomó nota de la solicitud de la CNUDMI de que la Secretaría explorase la posibilidad de establecer una presencia en regiones o en países concretos, por ejemplo, contando con personal especializado en las oficinas de las Naciones Unidas sobre el terreno, colaborando con esas oficinas allá donde existieran o estableciendo oficinas de la CNUDMI en los países con miras a facilitar la prestación de asistencia técnica con respecto a la utilización y la adopción de los textos de la Comisión.
En su 44° período de sesiones, celebrado en julio de 2011, se expresó un amplio apoyo a la iniciativa adoptada por la Secretaría de establecer esa presencia mediante el establecimiento de centros regionales de la CNUDMI en diferentes partes del mundo. Se consideró que era un paso nuevo, pero importante, para que la CNUDMI pudiera llegar a los países en desarrollo y proporcionarles asistencia técnica. Informada del ofrecimiento recibido de la República de Corea para que se realizara un proyecto piloto en la región de Asia y el Pacífico, la Comisión aprobó el establecimiento del Centro Regional de la CNUDMI para Asia y el Pacífico (el "Centro Regional") en Incheon (República de Corea).
MÁS
Arbitraje y conciliación comercial internacionales
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Convenciones y convenios
Leyes modelo
- Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional, 1985, con enmiendas adoptadas en 2006
- Ley Modelo de la CNUDMI sobre Conciliación Comercial Internacional (2002)
Textos contractuales
- Reglamento de la CNUDMI sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado (fecha de entrada en vigor: 1º de abril de 2014)
- Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI (revisado en 2010)
- Reglamento de Conciliación de la CNUDMI (1980)
- Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI (1976)
Textos explicativos
- Recomendaciones para ayudar a las instituciones arbitrales y a otros órganos interesados en relación con los arbitrajes regidos por el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI (revisado en 2010)
- Recomendación relativa a la interpretación del párrafo 2) del artículo II y del párrafo 1) del artículo VII de la Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras, hecha en Nueva York el 10 de junio de 1958 (2006)
- Notas de la CNUDMI sobre la organización del proceso arbitral (1996)
- Recomendaciones para ayudar a las instituciones arbitrales y a otros órganos interesados en relación con los arbitrajes sometidos al Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI
Aplicaciones de los principios de unidroit a los contratos ...
- [PDF]
aplicaciones de los principios de unidroit a los contratos ...
por JO Albán - 2011 - Artículos relacionadosLos principios UNIDROIT contienen conceptos y reglas comunes a varios ..... Acorde con las necesidades antes planteadas, el propósito de los Principios es.
Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de la Producción. Ley de Factoring Perú
Ley de Factoring
Texto mas grande Texto mas pequeño El 11 de noviembre de 2010 la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República aprobó el Proyecto de Ley (PL) que promueve el financiamiento a través de la Factura Comercial. La propuesta normativa fue desarrollada e impulsada conjuntamente por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de la Producción.
El Proyecto de Ley busca facilitar el acceso al crédito de las empresas con acreencias comerciales, creando un nuevo título valor, denominado “Factura Negociable”, con las siguientes características: se materializará a través de una tercera copia de los comprobantes de pago, tendrá mérito ejecutivo (pago será exigible con su sola presentación) y podrá ser transferido mediante endoso (para lo cual no se necesitará la conformidad del deudor).
De aprobarse el PL en el Pleno, las empresas o personas naturales tendrán que imprimir o replicar una tercera copia de las facturas comerciales o recibos por horarios que representarán la “Factura Negociable”. Se espera que los principales beneficiarios de esta norma sean las MYPE.
Actualmente, existe un poder de negociación desigual entre grandes empresas adquirentes de bienes y servicios y proveedores pequeños, debido a que usualmente las grandes empresas se financian indirectamente mediante el pago diferido a sus proveedores, restándoles liquidez y capital de trabajo. Ante tal situación, el PL busca impulsar el financiamiento para las MYPE tomando como garantía sus facturas comerciales, por lo que un proveedor no deberá esperar 90, 120 ó 180 días calendario para recibir su pago, sino que podrá acercarse a un banco, caja o fondo, y obtener – a cambio de la Factura Negociable – financiamiento en plazos considerablemente menores (entre 5 y 10 días) mejorando su disponibilidad de capital de trabajo e incrementando su productividad.
Otros beneficios
El PL además fomenta la reducción del riesgo en la negociación de facturas (al establecerse fechas de pago ciertas) disminuyendo progresivamente los costos de financiamiento, y el incremento sustancial de la bancarización, la intermediación financiera y la emisión de comprobantes de pago en la cadena comercial.
Durante el 2008, en Perú se registraron movimientos de financiamiento de facturas de 875 millones de Euros, mientras que en Colombia y Chile, países con regulación similar a la propuesta, los movimientos son de 2 100 y 15 800 millones de Euros respectivamente.
Finalmente, se calcula que a la fecha más de 70 mil proveedores MYPE venden o prestan servicios a empresas mineras, grandes almacenes y distribuidoras, los cuales serán beneficiarios directos de esta ley. Asimismo, del total de las MYPE, más de 680 mil, se encuentran en el Régimen General y Régimen Especial, es decir emiten facturas, por lo que serían beneficiarias potenciales de esta norma; además, las MYPE que se encuentran en el Régimen Único Simplificado (600 mil) también son potenciales beneficiarias, en caso decidan cambiar de régimen tributario. Esperemos que el Congreso apruebe en el más breve plazo el PL.
Para ver la norma, haga click AQUÍ
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- ALGUNAS TENDENCIAS DEL DERECHO INTERNACIONAL A PRINCIPIOS DEL SIGLO XXI
- CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONTROL DE CONVENCIONALIDAD. COMPARACIÓN (Criterios fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos)
- Introducción al Comercio Internacional
- Reglas del comercio internacional: Lo que todo exportador debería saber
- Fondo para la aplicación de normas y fomento del comercio: Enfoque cooperativo para reforzar la capacidad sanitaria y fitosanitaria
- La relación entre derecho internacional y derecho interno
- Fundamentos del Derecho Internacional Público
- RÉGIMEN JURÍDICO DEL COMERCIO EXTERIOR DE MÉXICO
- Prácticas y tendencias del Comercio Internacional
- MEF (Perú) Agenda de competitividad 2012-2013
- LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Y UNA VUELTA DE 360 GRADOS
El Comercio y el Cambio Climático
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LEGISLACIÓN COMERCIO EXTERIOR
- Franquicias y redes sociales/
- El doctorado en Derecho Universidad de Sevilla - La Lógica del pressente sobre los hechos del pasado
- Los Tratados Comerciales como instrumento de las políticas de Ajuste Estructural y su impacto en los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
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- Tratados Internacionales Celebrados por México
- CHILE: Búsqueda de Tratados
- PROCHILE
- CHILE: DOCUMENTOS SOBRE POLÍTICA COMERCIAL
- Principios de la Política Exterior Chilena
- MEX: LEY SOBRE LA CELEBRACIÓN DE TRATADOS
- CHINA: Leyes y Tratados
- Ley de la República Popular de China sobre el Comercio Exterior
- Política comercial peruana: una visión de largo plazo
- Perú: Política de Negociaciones Comerciales Internacionales
- Políticas comerciales internacionales y la estructura del comercio exterior peruano
- España - Comercio Exterior Política comercial
LA DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
- LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL Nicolás Sánchez García
- Convenios para evitar la doble tributación Guillermo D. Grellaud Socio de Grellaud y Luque Abogados
- LOS CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL EN EL PERÚ Por Renée A. Villagra Cayamana
- PERÚ/MEF: Convenio para evitar la doble Imposición
- SII-CHILE: TRATADOS DE LIBRE COMERCIO Y TRATADOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN
- .CHILE: CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN
- VENEZUELA: CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL EN APLICACIÓN
- En el marco colombiano: Principios y Realidades de los Convenios
- Los principales mecanismos para evitar la doble imposición