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viernes, 18 de mayo de 2018

Convención internacional contra el dopaje en el deporte. París, 19 de octubre de 2005.1

Estados Fecha de depósito del instrumento Tipo de instrumento
1Suecia09/11/2005Ratificación
2Canadá29/11/2005Aceptación
3Dinamarca15/12/2005Ratificación
4Nueva Zelandia23/12/2005Aceptación
5Noruega13/01/2006Ratificación
6Australia17/01/2006Ratificación
7Mónaco30/01/2006Aceptación
8Islandia10/02/2006Adhesión
9Islas Cook15/02/2006Adhesión
10Nigeria24/02/2006Ratificación
11Letonia10/04/2006Adhesión
12Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte25/04/2006Ratificación
13Nauru04/05/2006Ratificación
14Seychelles05/07/2006Ratificación
15Mauricio06/07/2006Ratificación
16Lituania02/08/2006Ratificación
17Jamaica02/08/2006Ratificación
18China09/10/2006Adhesión
19Bahamas12/10/2006Ratificación
20Perú16/10/2006Ratification
21Rumania23/10/2006Aceptación
22Mozambique23/10/2006Ratificación
23España25/10/2006Ratificación
24Níger26/10/2006Ratificación
25Ucrania08/11/2006Ratificación
26Bolivia (Estado Plurinacional de)15/11/2006Ratificación
27Países Bajos17/11/2006Aceptación
28Namibia29/11/2006Ratificación
29Sudáfrica30/11/2006Ratificación
30Luxemburgo11/12/2006Ratificación
31Malasia20/12/2006Ratificación
32Barbados21/12/2006Ratificación
33Finlandia22/12/2006Aceptación
34Japón26/12/2006Acceptance
35Túnez26/12/2006Ratificación
36Argentina29/12/2006Ratificación
37Argelia29/12/2006Ratificación
38Federación de Rusia29/12/2006Ratificación
39Grecia31/12/2006Ratificación
40Ghana31/12/2006Ratificación
41Albania31/12/2006Adhesión
42Bulgaria12/01/2007Ratificación
43Tailandia15/01/2007Ratificación
44Polonia17/01/2007Adhesión
45Eslovaquia26/01/2007Ratificación
46República de Corea05/02/2007Ratificación
47Francia05/02/2007Ratificación
48Trinidad y Tobago09/03/2007Adhesión
49Ecuador22/03/2007Adhesión
50México11/04/2007Ratificación
51República Checa30/04/2007Ratificación
52Portugal30/04/2007Ratificación
53Egipto23/05/2007Ratificación
54Malí30/05/2007Ratificación
55Libia30/05/2007Ratificación
56Alemania31/05/2007Ratificación
57Omán09/07/2007Ratificación
58Kuwait13/07/2007Adhesión
59Austria19/07/2007Ratificación
60Azerbaiyán23/07/2007Adhesión
61Samoa08/08/2007Ratificación
62Estonia17/08/2007Aprobación
63Qatar24/08/2007Ratificación
64Hungría29/08/2007Aprobación
65Burundi05/09/2007Ratificación
66Croacia03/10/2007Ratificación
67Camerún15/10/2007Adhesión
68Mongolia15/10/2007Adhesión
69Bangladesh22/10/2007Ratificación
70Singapur05/11/2007Adhesión
71India07/11/2007Ratificación
72Panamá27/11/2007Ratificación
73Gabón27/11/2007Aceptación
74Santa Lucía07/12/2007Ratificación
75Brasil18/12/2007Ratificación
76Indonesia30/01/2008Ratificación
77Pakistán04/02/2008Ratificación
78República de Moldova19/02/2008Ratificación
79Italia27/02/2008Ratificación
80Guatemala17/03/2008Ratificación
81Brunei Darussalam31/03/2008Ratificación
82Camboya09/04/2008Adhesión
83Saint Kitts y Nevis14/04/2008Ratificación
84Uruguay28/04/2008Ratificación
85Senegal29/04/2008Ratificación
86Arabia Saudita22/05/2008Adhesión
87Cabo Verde05/06/2008Ratificación
88Bélgica19/06/2008Ratificación
89Irlanda18/07/2008Ratificación
90Cuba28/07/2008Adhesión
91Côte d'Ivoire29/07/2008Aprobación
92Etiopía30/07/2008Ratificación
93Eritrea19/08/2008Ratificación
94Estados Unidos de América25/08/2008Ratificación
95El Salvador05/09/2008Adhesión
96Eslovenia18/09/2008Adhesión
97Palau23/09/2008Adhesión
98la ex República Yugoslava de Macedonia09/10/2008Ratificación
99Chad10/10/2008Ratificación
100Paraguay13/10/2008Ratificación
101Suiza23/10/2008Adhesión
102Uganda27/10/2008Ratificación
103Burkina Faso12/11/2008Ratificación
104Zambia02/12/2008Adhesión
105Bahrein15/12/2008Ratificación
106Granada12/01/2009Adhesión
107Jordania20/01/2009Ratificación
108Andorra27/01/2009Adhesión
109Belarrús18/02/2009Adhesión
110Malawi19/03/2009Ratificación
111Marruecos15/04/2009Ratificación
112Bosnia y Herzegovina22/04/2009Ratificación
113Turquía09/06/2009Ratificación
114Serbia19/06/2009Ratificación
115Montenegro22/06/2009Adhesión
116Angola29/06/2009Adhesión
117Guinea06/07/2009Ratificación
118Suriname20/07/2009Adhesión
119Emiratos Arabes Unidos04/08/2009Adhesión
120Botswana06/08/2009Adhesión
121Venezuela (República Bolivariana de)13/08/2009Aceptación
122San Vicente y las Granadinas25/08/2009Adhesión
123Kenya25/08/2009Ratificación
124Colombia31/08/2009Ratificación
125Chipre08/09/2009Ratificación
126Haití17/09/2009Ratificación
127Viet Nam02/10/2009Adhesión
128Somalia14/10/2009Ratificación
129Togo03/12/2009Ratificación
130Georgia07/12/2009Adhesión
131Nicaragua15/01/2010Adhesión
132Kazajstán08/02/2010Ratificación
133Armenia17/02/2010Ratificación
134San Marino22/02/2010Adhesión
135Guinea Ecuatorial10/03/2010Ratificación
136Filipinas17/03/2010Ratificación
137Irán, República Islámica del23/03/2010Adhesión
138Myanmar31/03/2010Ratificación
139Rwanda12/04/2010Ratificación
140Guyana06/05/2010Adhesión
141Islas Marshall03/06/2010Adhesión
142Comoras04/06/2010Ratificación
143Tonga14/06/2010Ratificación
144Nepal15/06/2010Ratificación
145Antigua y Barbuda15/07/2010Adhesión
146Papua Nueva Guinea06/09/2010Ratificación
147República Democrática del Congo28/09/2010Ratificación
148República Popular Democrática de Corea04/10/2010Adhesión
149Maldivas14/10/2010Ratificación
150Turkmenistán03/11/2010Ratificación
151Fiji17/11/2010Ratificación
152Swazilandia13/12/2010Ratificación
153Vanuatu26/01/2011Ratificación
154Chile11/02/2011Ratificación
155Kirguistán04/03/2011Adhesión
156Sri Lanka09/03/2011Adhesión
157Uzbekistán29/04/2011Ratificación
158Gambia03/05/2011Ratificación
159Micronesia (Estados Federados de)07/06/2011Ratificación
160Benin04/08/2011Ratificación
161Sudán27/09/2011Ratificación
162Liberia06/10/2011Ratificación
163Bhután14/11/2011Ratificación
164Dominica28/11/2011Adhesión
165Malta06/12/2011Ratificación
166Zimbabwe13/12/2011Ratificación
167Belice16/12/2011Ratificación
168Israel26/01/2012Adhesión
169Costa Rica27/02/2012Ratificación
170Tayikistán30/03/2012Adhesión
171Lesotho31/07/2012Adhesión
172República Dominicana06/09/2012Adhesión
173Iraq22/01/2013Ratificación
174República Arabe Siria13/05/2013Ratificación
175Tuvalu06/09/2013Ratificación
176Congo23/09/2013Ratificación
177Madagascar31/10/2014Ratificación
178Kiribati15/05/2015Adhesión
179Honduras26/05/2015Adhesión
180Palestina05/06/2015Adhesión
181Islas Salomón22/06/2015Ratificación
182Djibuti29/07/2015Ratificación
183Sierra Leona06/06/2016Ratificación
184República Centroafricana08/06/2016Ratificación
185República Democrática Popular Lao23/01/2017Adhesión
186Yemen23/03/2017Ratificación
187República Unida de Tanzania29/08/2017Ratificación

1Conforme a lo dispuesto en su Artículo 37, esta Convención entró en vigor el 1 de febrero 2007 con respecto a los Estados que han depositado sus respectivos instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión el 31 de diciembre de 2006 o anteriormente. Para los demás Estados, entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de un mes después de la fecha en que hayan depositado sus respectivos instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.


Estados Parte

Se entiende por “Estado Parte” de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte cualquier país que haya ratificado, aceptado, aprobado o se haya adherido a este instrumento internacional, y que, por tanto, esté legalmente vinculado por sus disposiciones.
Conforme a lo dispuesto en su Artículo 37, esta Convención entró en vigor el 1 de febrero 2007 con respecto a los Estados que han depositado sus respectivos instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión el 31 de diciembre de 2006 o anteriormente. Para los demás Estados, entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de un mes después de la fecha en que hayan depositado sus respectivos instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.

Fondo para la Eliminación del Dopaje en el Deporte

¡Presenta una solicitud al Fondo para la Eliminación del Dopaje en el Deporte!
"La UNESCO lucha contra el dopaje movilizando recursos financieros para apoyar la capacidad gubernamental, y determinando necesidades y buenas prácticas a nivel nacional y regional."
(Irina Bokova, Directora general)

El Fondo para la eliminación del dopaje en el deporte fue creado en 2008 para apoyar a los Estados parte de la Convención internacional contra el dopaje en el deporte en la elaboración y aplicación de proyectos antidopaje.
El Fondo presta apoyo práctico y técnico y responde a tres prioridades: proyectos de educación destinados a las organizaciones juveniles y deportivas, asesoramiento para la formulación de políticas, programas de tutoría y aumento de capacidades. 
Los Estados parte son elegibles para subvenciones de proyectos nacionales (20,000 dólares estadounidenses) o regionales (50,000 dólares estadounidenses).
El Fondo ya ha apoyado más de 218 proyectos en todo el mundo (mapa en inglés). 
Para más información sobre la elegibilidad y el proceso de solicitud, consultad el Manual del Fondo (también disponible en árabe, chino, francés, inglés y ruso).
¿Necesita inspiración? Eche un vistazo a los siguientes documentos :


Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte

Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte

Con la Convención, los gobiernos de todo el mundo se han puesto de acuerdo por primera vez para aplicar la fuerza del derecho internacional contra el dopaje. Este hecho es importante porque existen áreas específicas en las que sólo los gobiernos poseen los medios necesarios para promover la lucha contra el dopaje.
Además, la Convención contribuye a garantizar la eficacia del Código Mundial Antidopaje (el Código) [PDF, 1,28 MB]. Dado que éste es un documento no gubernamental aplicable únicamente a los miembros de organizaciones deportivas, la Convención proporciona el marco jurídico para que los gobiernos puedan abordar áreas específicas del problema del dopaje situadas fuera del alcance del movimiento deportivo. De esta forma, la Convención contribuye a formalizar las normas, políticas y directrices internacionales en el ámbito de la lucha contra el dopaje con el objetivo de ofrecer un entorno de participación sano y equitativo para todos los atletas.
Los gobiernos gozan de cierto grado de flexibilidad en cuanto a las modalidades para dar efecto a la Convención, ya sea mediante legislación, reglamentación, políticas o prácticas administrativas. No obstante, los gobiernos signatarios (Estados Parte) están obligados a adoptar medidas específicas para:
  • Restringir la disponibilidad de sustancias o métodos prohibidos entre los atletas (excepto a efectos médicos legítimos), comprendidas medidas contra el tráfico de éstas;
  • Facilitar los controles antidopaje y respaldar los programas nacionales de análisis;
  • Retirar el apoyo económico a los atletas y personal de apoyo al atleta que hayan infringido la normativa antidopaje, o bien de las organizaciones deportivas que no se ajusten al Código;
  • Incentivar a los productores y distribuidores de suplementos nutricionales para que fijen las “prácticas más idóneas” en el etiquetado, comercialización y distribución de productos que puedan contener sustancias prohibidas;
  • Respaldar la oferta de educación antidopaje entre los atletas y la comunidad deportiva en general. 
La Convención también prevé un mecanismo para prestar asistencia a los Estados Parte en la elaboración de programas antidopaje educativos y preventivos por medio del Fondo para la Eliminación del Dopaje en el Deporte gestionado por la UNESCO.
Ver también

La Conferencia de las Partes

La Conferencia de las Partes se responsabiliza a título general de la aplicación de la Convención. Se celebra cada dos años en la Sede de la UNESCO en París.
Entre los objetivos de la Conferencia de las Partes se encuentra la supervisión del cumplimiento de la Convención. Los gobiernos deben proporcionar un informe en el que se presenten todas las medidas que hayan emprendido para cumplir las disposiciones de la Convención (comprendida la elaboración de programas nacionales).
La Conferencia de las Partes ofrece la oportunidad de determinar cuántos recursos del Fondo para la Eliminación del Dopaje en el Deporte se utilizarán, además de responsabilizarse del análisis y la adopción de enmiendas a la Convención.
En la Conferencia puede revisarse la relación con la AMA, así como los mecanismos de financiación de su presupuesto básico anual.
Además de los Estados Parte y de otros Estados Miembros de la UNESCO, se invita a la Conferencia, en calidad de entidad asesora, a la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), así como, en calidad de observadores, al Comité Olímpico Internacional (COI), el Comité Paralímpico Internacional (CPI), el Consejo de Europa (CdE), el Comité Intergubernamental para la Educación Física y el Deporte (CIGEPS) y otras organizaciones deportivas intergubernamentales. 

El Derecho internacional mercantil


El Derecho internacional mercantil tiene en sus origenes el interés de conocer las materias que regulan jurídicamente a los sujetos comerciales internacionales por tratados y normas jurídicas internacionales. Es una disciplina que aborda desde diferentes perspectivas aspectos fundamentales de las normas legales internacionales.
Hacia un programa unificado
Las materias que se relacionan a esta disciplina son una Teoría General del Derecho Internacional Mercantil, El Derecho internacional, El Derecho internacional económico, Derecho internacional privado, Derecho de la Organización Mundial del Comercio, Derecho de los contratos internacionales, Derecho de la compraventa internacional, Derecho de la inversión extranjera, Derecho internacional de la propiedad intelectual e industrial y Derecho de la solución de controversias comerciales internacionales. Este índice no es exhaustivo y depende del grado de profundidad con que se enseñen estas materias el grado de estudio de las materias mismas además de poder incluir el Derecho internacional ambiental y el Derecho ambiental internacional y comparado así como el Derecho Laboral internacional y comparado así como el Derecho Agrario.

Véase también

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